Descripción
Vidán es una torre médica integral diseñada para ofrecer atención profesional y eficiente en la zona de mayor crecimiento de Mérida. Ubicada estratégicamente en la Avenida 40 de Temozón Norte, con acceso directo al periférico.
• Cercanía con Hospital Faro del Mayab y centros comerciales (La Isla, City Center). • Mérida como referente médico del sureste mexicano.
INFRAESTRUCTURA DEL PROYECTO
Locales Comerciales (9 unidades)
• Orientados a farmacias, laboratorios, cafeterías y servicios de bienestar.
• Tipo A: 33 m2 [AGOTADO]
• Tipo B - 40 m2 - $2,740,000
• Tipo C - 41 m2. - $2,799,000
Consultorios Médicos (20 unidades)
• Modelos desde 16 m2 hasta 47 m2.
• Fachada de cristal templado, pisos porcelánicos y preparación para A/A y datos.
• Tipo D: 26 m2 [AGOTADO]
• Tipo E: 47 m2 con medio baño privado.
AMENIDADES Y SERVICIOS PREMIUM
• Logística: Estacionamiento, elevador y rampas de acceso universal. • Profesional: Recepción general en niveles de consultorios.
• Exclusivo: Área de Cowork y Lounge para médicos (Club Médico). • Confort: Núcleos de baños públicos por nivel.
ENTREGA Enero 2029
LISTADO DE GIROS PERMITIDOS Y RESTRINGIDOS.
III. GIROS PERMITIDOS EN LOCALES COMERCIALES
Se consideran permitidos los siguientes giros, siempre que cumplan con la normatividad aplicable:
• Consultorios médicos generales y de especialidad.
• Clínicas de atención médica especializada.
• Laboratorios de análisis clínicos.
• Servicios de diagnóstico (imagenología, ultrasonido, etc.).
• Farmacias y expendios de medicamentos.
• Tiendas de insumos médicos y equipo ortopédico.
• Ópticas.
• Servicios de rehabilitación física y fisioterapia.
• Nutrición y control de peso.
• Psicología y salud mental.
• Servicios dentales.
• Servicios de enfermería y cuidados especializados.
• Centros de bienestar relacionados con la salud (previa autorización).
• Cafeterias
• Tiendas o restaurantes de comida saludable (unicamente aplica para comercios que no requieran una elaboración de alimentos que genere humos, olores, grasas o tendencia a generación de plagas)
• Agencias de seguros
IV. GIROS PERMITIDOS EN CONSULTORIOS MÉDICOS
Únicamente se permitirán:
• Consultas médicas generales.
• Consultas de especialidad.
• Atención clínica ambulatoria.
• Terapias médicas y de rehabilitación.
• Servicios profesionales directamente vinculados a la salud del paciente.
V. GIROS RESTRINGIDOS --
Queda estrictamente prohibida la instalación o funcionamiento de los siguientes giros:
• Bares, cantinas o venta de bebidas alcohólicas.
• Quirofanos con cirugias que ameriten por normativa una unidad de teapia intensiva y/o
banco de sangre
• Procedimientos que ameriten una estancia nocturna o anestesia general
• Especialidades que no cuenten con respaldo sanitario
• Actividades educativas
• Restaurantes con preparación de alimentos que generen humo o grasa excesiva.
• Negocios propensos a la generacion de olores o plagas.
• Negocios de alimentos insalubres como frituras, comida rapida o dulcerias.
• Centros nocturnos o de entretenimiento.
• Salones de eventos.
• Gimnasios de alto impacto no enfocados a rehabilitación médica.
• Estéticas, salones de belleza o barberías que carezcan de un enfoque medico o saludable.
• Comercios no relacionados con la salud (ropa, electrónica, etc.).
• Oficinas administrativas ajenas al sector salud.
• Cualquier actividad que genere ruido excesivo, vibraciones o afecte la operación médica.
• Actividades que representen riesgo sanitario, estructural o de seguridad.
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• Toda actividad deberá contar con las licencias y permisos correspondientes conforme a la legislación vigente.